Entrará en vigor a partir del 3 de noviembre
Trump suspende entrada a EEUU de inmigrantes que no pueden pagar por su salud

• Los que ya poseen visa antes de que entre en vigencia están exentos

El presidente Donald Trump firmó el viernes una proclama que suspende la entrada a Estados Unidos de inmigrantes que no pueden pagar sus costos de atención médica y que no estarán cubiertos por el seguro de salud dentro de los 30 días posteriores a su llegada al país.

La proclamación, dada a conocer por la Casa Blanca, no afectará la elegibilidad de ningún individuo para el asilo o el estatus de refugiado. La medida entrará en vigencia el 3 de noviembre.

La medida indica que serán considerados como personas que puedan convertirse en una carga para el sistema de salud si no están cubiertos por un seguro de salud aprobado dentro de los 30 días de haber ingresado al país, a menos que tengan suficiente dinero para «pagar los costos médicos razonablemente previsibles».

El decreto no afecta a las personas que ya tengan una visa de inmigrante válida, y tampoco a los migrantes que ingresan a Estados Unidos por otras formas, incluidos los residentes legales permanentes (green card).

La regla también incluye excepciones para las personas que buscan ciertos tipos de visas, tal como visas para hijos de ciudadanos estadounidenses.

«Ni siquiera sabemos si habrá un sistema para obtener un seguro de viaje válido (travel insurance)», Alex Gálvez, un abogado de inmigración que ejerce en Los Ángeles, California. «Es otra manera de dificultar la entrada de una persona y abre las puertas a los oficiales consulares y de inmigración para que niegen las visas o se las quiten por concepto de carga pública», agregó.

Entre los seguros válidos, la orden incluye los siguientes programas:

Un plan patrocinado por el empleador, que incluye un plan para jubilados, un plan de salud de la asociación y la cobertura proporcionada por la Ley de Reconciliación Presupuestaria 1985
Un plan de salud no subsidiado ofrecido en el mercado individual dentro de un Estado
Una cobertura de salud a corto plazo de duración limitada, efectiva por un mínimo de 364 días, o hasta el comienzo de un viaje prolongado y planificado fuera de Estados Unidos.
La orden también afectará a unidades familiares, donde cada uno de los integrantes del grupo deberá demostrar que tiene una cobertura vigente.
Una de las secciones de la nueva norma estipula que “sólo se aplicará a los extranjeros que deseen ingresar a Estados Unidos de conformidad con una visa de inmigrante”.

LAS EXCEPCIONES

De acuerdo con el nuevo reglamento, la exigencia no se aplicará a:

Extranjeros que tengan una visa de inmigrante válida emitida antes de la fecha de vigencia de esta proclama.
Cualquier extranjero que desee ingresar a Estados Unidos de conformidad con una visa especial de inmigrante, ya sea en la clasificación SI o SQ, que también sea ciudadano de Afganistán o Iraq, o su cónyuge e hijos, si los hubiera.
Cualquier extranjero que sea hijo de un ciudadano de Estados Unidos o que desee ingresar a los Estados Unidos de conformidad con una visa IR-2, IR-3, IR-4, IH-3 o IH-4.
Cualquier extranjero que desee ingresar a Estados Unidos de conformidad con una visa IR-5, siempre que el extranjero o el patrocinador del extranjero demuestren a satisfacción del funcionario consular que la atención médica del extranjero no impondrá una carga sustancial sobre la atención médica al sistema estadounidense.
´Cualquier extranjero que desee ingresar a Estados Unidos de conformidad con una visa SB-1.
Cualquier extranjero menor de 18 años, a excepción de cualquier extranjero que acompañe a un padre que también esté emigrando a los Estados Unidos y sujeto a esta proclamación.
Cualquier extranjero cuya entrada sea más importante para los objetivos de aplicación de la ley de Estados Unidos, según lo determine el Secretario de Estado o su designado en base a una recomendación del Fiscal General o su designado.
Cualquier extranjero cuya entrada sería de interés nacional, según lo determine el Secretario de Estado o su designado caso por caso.

OTRAS EXCEPCIONES

La norma publicada este viernes por la Casa Blanca también estipula que no afectará la entrada de extranjeros que ingresen a Estados Unidos a través de otros medios que no sean visas de inmigrantes, incluidos los residentes permanentes legales.

“Además, nada en esta proclamación se interpretará que afecte la elegibilidad de un individuo para asilo, estatus de refugiado, retención de deportación o protección bajo la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, de conformidad con las leyes y regulaciones de Estados Unidos”, indica.

Indica además que los funcionarios consulares tendrán amplia discrecionalidad para establecer “que él o ella cumple con sus requisitos antes de la adjudicación y emisión de una visa de inmigrante”.

Señala el documento que el Secretario de Estado “establecerá normas y procedimientos que rijan tales determinaciones”.

En el caso que un extranjero que eluda la aplicación de esta proclama mediante fraude, tergiversación intencional de un hecho material o entrada ilegal al país, “será considerado como una prioridad de deportación por el Departamento de Estado”.

Trump pidió además a los secretarios de Estado, de Salud y Servicios Humanos, de Seguridad Nacional y los jefes de otras agencias apropiadas, presentarle un “informe sobre la necesidad continua y cualquier ajuste que pueda justificarse a la suspensión y limitación de entrada” de extranjeros con visa de inmigrante al país.

Con información de Reuters

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