Expulsión de venezolanos de Colombia: «No hubo ni presunción de inocencia»

● Deutsche Welle consultó a la abogada Laura Dib de La Clínica Jurídica para Migrantes, adscrita a la Universidad de los Andes

La Clínica Jurídica para Migrantes, adscrita a la Universidad de los Andes, con sede en Bogotá, «trabaja por la población migrante y refugiada en situación de vulnerabilidad en Colombia». Entrevista a la abogada Laura Dib, vocera de la Clínica Jurídica.

DW: ¿A cuántos de los venezolanos expulsados en noviembre de 2019 asiste la Clínica Jurídica?

Laura Dib: Nosotros llevamos 22 casos.

¿Ha aportado la Policía colombiana, o Migración Colombia, las evidencias de que estos ciudadanos venezolanos pusieron en peligro la seguridad nacional?

No. Justo acabo de hablar con la esposa de uno de los expulsados, quien me decía que Migración Colombia no respondió dentro de los 15 días de plazo que establece la ley para cumplir con un derecho de petición interpuesto por las familias y en el que la entidad debía exponer los presuntos hechos por los que las personas fueron expulsadas. La entidad debía allí presentar el acta o resolución de expulsión, un acto administrativo que debería ser público y que antes de una expulsión debe presentársele a los afectados, cosa que no sucedió.

Algunos hablan de deportación, otros de expulsión. ¿Cuál es aquí el término correcto?

El 1067, de 2015, el decreto único que reglamenta las relaciones exteriores en Colombia, establece una gradualidad de las sanciones contra extranjeros. Por la primera causal se aplica una multa; mientras que la segunda, la deportación, prevé la interposición de un recurso en contra de la dura medida. Una vez agotado este paso de la defensa, en caso extremo, se puede ordenar la expulsión, una medida que también se puede apelar.

¿Cómo se puede defender un ciudadano extranjero en Colombia de una acusación de las autoridades?

Un artículo sobre «otras causales de expulsión” del decreto 1667, que se refiere al orden público y la tranquilidad social, no contempla el recurso a la apelación. Y dentro de esas causales están las discrecionales, que tienen que ver con el orden público o la seguridad nacional.

¿Vulnera así Colombia los derechos de los ciudadanos extranjeros?

Argüyendo «discrecionalidad” y una decisión de «soberanía» en el caso de la expulsión de los 58 ciudadanos venezolanos, así como la del ciudadano Miguel Ángel Calderón Quintero el 17 de diciembre, Migración Colombia decide, al parecer, no respetar el debido proceso administrativo. Pero la falla viene de la misma norma que no prevé la defensa del amenazado con la expulsión.

¿Cuál es el caso de Miguel Calderón, expulsado poco antes de las protestas?

El Centro para la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil), la organización no gubernamental Dejusticia y la Clínica Jurídica para Migrantes de la Universidad de los Andes denunciaron también esta expulsión el 17 de noviembre, basada en que grabó un video donde aparecía la calle donde vive del presidente Iván Duque. Para la Clínica Jurídica para Migrantes de la Universidad de los Andes la decisión de Migración Colombia fractura una unidad familiar, compuesta por un padre migrante con un permiso legal (PEP), una esposa colombiana y una menor de seis años, quienes se quedan atrás sin sustento porque era Miguel quien proveía todo lo del hogar. 

Aparentemente a estos expulsados no se les respetó el derecho a la defensa jurídica como extranjeros en Colombia. ¿Qué pasó con sus derechos civiles?

También aquí hubo graves violaciones: Primero, se se trata de civiles venezolanos que fueron sacados del país desde un aeropuerto militar (Catam, adjunto a El Dorado, de Bogotá). Además, a ninguno de los expulsados se les entregó ninguna copia del acta de la resolución que determinaba la medida de expulsión. Ninguno de los afectados pudo contactar a un abogado, y sus familiares recibieron información falsa sobre la situación de los afectados; fueron citados para un día y hora en la que ya la Policía sabía que los venezolanos habían sido sacados del país. Los expulsados no pudieron ni despedirse de sus familiares y fueron llevados incluso en piyama y sandalias. Un hecho preocupante, toda vez que un avión de las Fuerzas Armadas colombianas querían dejarlos en plena selva amazónica.

Es más, ningún medio pudo acercarse a las instalaciones militares para informarse de primera mano sobre los hechos e informar así a la ciudadanía.

¿En qué condiciones de salud iban los 58 venezolanos expulsados?

Algunos fueron insultados, golpeados y heridos, tanto en el Comando de Atención Inmediata (CAI) de Kennedy, como en el Centro de Traslado por Protección de Puente Aranda (CTP), de la Policía Metropolitana de Bogotá. En la misma presencia de los agentes que los interrogaban varios ciudadanos venezolanos fueron golpeados y así, heridos, fueron llevados y abandonados en una zona selvática del fronterizo río Orinoco.

Estas son denuncias muy graves. ¿Por qué los medios colombianos reportaron el caso como una deportación cualquiera?

Los medios asumieron, sin cuestionar, la versión de la Policía y Migración Colombia. Las denuncias son, en efecto, muy graves. El discurso de que se trataba de «vándalos” y de que cometieron delitos, sin tener una sola prueba de ello, tiene unas implicaciones muy graves: una vez que la ciudad de Puerto Inírida, capital del departamento de Guainía, escucha en la mañana del 25 de noviembre en los medios que hacia su ciudad llevan a 58 «delincuentes” salen e impiden el aterrizaje del avión militar, que tuvo de buscar otro destino. 

De lo que se trata es de la violación del Estado de derecho. Como se ve: aquí no hay ninguna presunción de inocencia, no hubo un debido proceso y estas personas, en extrema vulnerabilidad, algunos apenas en sandalias y piyama, fueron abandonadas en una zona selvática de Venezuela, más exactamente en el estado de Amazonas. Venezuela es un país en donde además, reina una crisis humanitaria muy compleja. Justamente la situación que los forzó a buscar protección y trabajo en Colombia.

¿Cuál es ahora el paso a seguir?

Poner una tutela. La acción de tutela es un mecanismo que busca proteger los Derechos constitucionales de los individuos «cuando cualquiera de éstos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública».      

EL VENEZOLANO COLOMBIA – REPRODUCIDO DE Deutsche Welle     

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