Contando con el PEP pueden acceder al sistema
¿Un venezolano que vive en Colombia puede acceder al Sisbén?

• Aunque los requisitos son estrictos, podrían tener algunos de estos servicios

La salud de los venezolanos es una de los temas que preocupan a las autoridades migratorias de Colombia. No solo por el hecho de la poca capacidad que tiene el sistema de atenderlos sino también porque las enfermedades que no son tratadas podrían volverse un problema de salud pública.

Pese a ello, la red de seguridad social hace esfuerzos para poder atender a la población venezolana. Por ejemplo, la hospitalización por urgencias es gratuita para todas las personas (colombianas o extranjeras) que la requieran. También pueden afiliarse al sistema de seguridad social aún si no tienen capacidad de pago.

La afiliación al sistema tiene otros requisitos, así como al Sisbén. Estos trámites se hacen en Secretarías de Salud departamental, distrital o municipal.

A continuación encontrará los requisitos para acceder a sistemas de salud o afiliarse al Sisbén.

 Atención de urgencias¿Quiénes?

– Todos los ciudadanos colombianos o extranjeros que requieran este tipo de atención. El médico define cuando una atención es urgente.

¿Qué permite?

– Atención de urgencias en toda la red pública hospitalaria del departamento, distrito o municipio.


¿Cómo se solicita?

-Todas las Instituciones que prestan servicios de urgencias en el país. (Para aquellos sin capacidad de pago se sugiere asistir a los hospitales públicos del municipio o del departamento donde se encuentren radicados).

Restricciones

Ninguna

Aseguramiento o afiliación al sistema de seguridad social en salud¿Quiénes?

– Ciudadanos colombianos retornados con su núcleo familiar (que puede incluir venezolanos previos los trámites de registro, nacionalización u obtención de visa de cónyuge), que acceden de manera priorizada a la afiliación en salud (Régimen Subsidiado) a través de un listado censal en cada Alcaldía.

– Para realizar la afiliación de su núcleo familiar, se deben presentar los respectivos documentos de identificación, así como aquellos que acrediten el parentesco con el cotizante (para aquellos con capacidad de pago afiliados al régimen contributivo) o la persona cabeza de familia en el caso del régimen subsidiado.

– Ciudadanos extranjeros que cuenten con documento válido de afiliación (Cédula de extranjería, pasaporte, carné diplomático o salvoconducto de permanencia / Pasaporte de la Organización de las Naciones Unidas para quienes tengan la calidad de refugiados o asilados / Pasaporte para menores de siete (7) años). También para ciudadanos venezolanos, es válido el Permiso Especial de Permanencia (PEP).

– Para personas con capacidad de pago, se afilian en cualquier EPS (aseguradora) al régimen contributivo.

– Aquellos sin capacidad de pago deben solicitar la aplicación de la encuesta Sisbén (en la alcaldía del municipio); en caso de ser clasificados como nivel I o II, podrán acceder a la afiliación al régimen subsidiado a través de la Secretaria de Salud del municipio.

– Los miembros de grupos indígenas que son reconocidos por una autoridad indígena legítima, como parte de su comunidad y que habiten en Colombia, a través del auto censo de dicha autoridad, y su afiliación será al Régimen subsidiado como población especial.

¿Qué permite?

– Venezolanos regulares, sin capacidad de pago (como cabezas de familia o parte de un núcleo familiar): una vez aplicada la encuesta Sisbén, podrán seleccionar una EPS subsidiado en el municipio de residencia para afiliarse al régimen subsidiado.

– Venezolanos regulares con capacidad de pago o formalmente trabajando: deberán afiliarse al régimen contributivo a la EPS que considere.

¿Cómo se solicita?

En las EPS del régimen contributivo y en las secretarias de salud, para el régimen subsidiado.

Restricciones

Ninguna

Acciones en salud pública

Acciones en salud pública o proyectos de atención en salud establecidos para poblaciones vulnerables.

¿Quiénes?

– Toda la población del territorio, incluyendo a venezolanos inmigrantes.
– Población prioritaria: niños y niñas menores de 5 años, mujeres entre 10 a 49 años, mujeres gestantes.
– Personas afectadas por enfermedades que se encuentran priorizadas en el Plan de Respuesta del Sector Salud al Fenómeno Migratorio y otras prioridades que establezcan el departamento y/o municipio.

¿Qué permite?

– Acceder a la oferta establecida en el municipio o departamento, (equipos de atención en salud, vacunación, control prenatal, rutas de atención a poblaciones o eventos priorizados; entre otras).
– Acceder a acciones e intervenciones colectivas para promover y mantener la salud propuestas en el municipio o departamento (puede conocer la oferta de estos escenarios en cada secretaria de salud municipal).

Ingreso a base de datos Sisbén ¿Quiénes?

– Colombianos migrantes, deportados, expulsados de Venezuela, retornados voluntariamente o víctimas del conflicto armado.

– Extranjeros solicitantes de asilo con salvoconducto o refugiados con Visa tipo M
– Venezolanos que cuenten con cédula de extranjería y Visa tipo R o Permiso Especial de Permanencia – PEP.

Requisitos

1. Si eres mayor de 18 años:
– Cédula de extranjería (6 dígitos).
– Personas con salvoconducto (Visa Tipo M): Refugiado.
– Permiso Especial de Permanencia – PEP. En este caso es obligatorio que la persona presente el pasaporte o el documento nacional de identidad venezolano.

2. Si es menor de edad mayor de 7 años:
– Cédula de extranjería para menor de edad.
– Salvoconducto (Visa Tipo M): Refugiado.
– Permiso Especial de Permanencia – PEP. En este caso es obligatorio que la persona presente el pasaporte o el documento nacional de identidad venezolano.

3. Si es menor o igual a 7 años de edad:
– Pasaporte.
– Documento de identidad del país de origen (DNI).
– Permiso Especial de Permanencia – PEP. En este caso es obligatorio que la persona presente el pasaporte o el documento nacional de identidad venezolano.

¿Qué permite?

Ingreso a la base de datos del Sisbén.

¿Cómo se solicita?

Oficina del Sisbén del municipio de su residencia. Puede consultar el listado de oficinas en el siguiente link: https://www.sisben.gov.co/atencion-al-ciudadano/Paginas/Directorio-administradores.aspx

Para leer la nota completa visita el diario El Tiempo

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