Cierre de frontera se extenderá, inicialmente, hasta el próximo 01 de noviembre

• A través del Decreto 1297 del 29 de septiembre de 2020, el Gobierno colombiano extendió la medida de cierre de fronteras por un mes.

EL VENEZOLANO COLOMBIA | MIGRACIÓN COLOMBIA

El Gobierno Nacional anunció, a través del Decreto 1297 de 2020, que el cierre de todos los pasos fronterizos terrestres, marítimos y fluviales del país, se extenderá hasta el próximo 01 de noviembre.

De acuerdo con Juan Francisco Espinosa Palacios, Director General de Migración Colombia, la medida busca evitar la propagación del Covid-19 dentro del territorio nacional y la región, protegiendo así a ciudadanos nacionales y extranjeros.

Para el jefe de la autoridad migratoria colombiana, el mes de octubre servirá para coordinar, junto a las autoridades locales y departamentales, las condiciones ideales que permitan pensar en una posible reapertura, sin poner en riesgo a la ciudadanía.

Espinosa Palacios, quien de acuerdo a los compromisos adquiridos con el Gobernador de Norte de Santander, estuvo reunido durante esta semana con las autoridades de los municipios de Cúcuta, Villa del Rosario, Pamplona, Puerto Santander y Los Patios, afirmó que tras conocer las necesidades y la realidad de los diferentes municipios, espera en el transcurso del próximo mes poderse reunir con los gremios del departamento y así continuar construyendo, junto a la Gobernación, las alcaldías y demás actores de la región, una estrategia conjunta de apertura de frontera.

«Pensar en una posible reapertura de frontera es pensar en un sinnúmero de desafíos. Estamos frente a la posibilidad de comenzar a construir las fronteras que todos queremos. Fronteras ordenadas y seguras, que redunden en la tranquilidad de la región y del país. Pensar en abrir la frontera requiere del compromiso de todos y en eso debemos trabajar durante los próximos días», afirmó el Director de Migración Colombia.

Se exceptúan del cierre de frontera, las siguientes actividades:

  1. Emergencia humanitaria.
  2. El transporte de carga y mercancía.
  3. Caso fortuito o fuerza mayor.
  4. La salida del territorio nacional de ciudadanos extranjeros de manera coordinada por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, con las autoridades distritales y municipales competentes.

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